• En numerosas ocasiones la actitud de determinados propietarios choca con el criterio de una importante mayoría en el seno de la Comunidad, a la hora de llevar a cabo reformas o innovaciones en la misma.
Siempre surgen propietarios que, argumentando el art. 11.2 de la Ley de Propiedad Horizontal que limita la obligatoriedad de contribuir a los gastos no necesarios cuando éstos superan el importe de tres mensualidades, se niegan a contribuir a un gasto aprobado e incluso, en las situaciones más intransigentes, a permitir la ejecución del acuerdo.
Debemos considerar que tras la reforma de la LPH, el criterio del legislador discurre por cauces que conceden mucha más relevancia a la opinión de la mayoría que al criterio personal, relegando éste último a ocasiones en las que se modifiquen estatutos, cuotas de participación, etc.
• Han quedado atrás los tiempos en que cualquier propietario podía negarse a obras, reformas, servicios o acuerdos, que, si bien modificaban sustancialmente los criterios iniciales de la Comunidad, estaban de acuerdo con el desarrollo de los acontecimientos y el lógico e imparable desarrollo.
Todos conocemos ejemplos muy concretos y quizás cercanos en los que la mayoría, o en todo caso una mayoría cualificada, ha desplazado a una trasnochada unanimidad: supresión o establecimiento del servicio de portería, colocación de ascensor, sustitución de calderas, colocación de antenas, arrendamiento de elementos comunes, etc.
Pero todavía quedan algunos casos en los que la aplicación de estos nuevos criterios más acordes a los tiempos actuales, plantean problemas. ¿Cuándo un propietario puede negarse a contribuir a gastos acordados por la Comunidad? Indudablemente la utilización del eximente de gastos suntuarios o no requeridos para la adecuada habitabilidad del inmueble, requiere una interpretación que en absoluto debe ser restrictiva o cicatera, reservando esta calificación para los casos de gastos claramente superfluos, abusivos o injustos.
• No es aceptable que las Comunidades se estanquen en el desarrollo y no tengan acceso a un mínimo de dignidad y decoro en sus instalaciones. Aquellos propietarios que no sean capaces de asumir que la mayoría de su Comunidad puede también determinar cuál es estándar de ornamentación, de renovación, etc., deberían reflexionar y apostar por el reciclaje y la tolerancia y no poner barreras a la evolución.